DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Juan Carlos Coronado, apoderado judicial de la parte demandada, en contra del auto dictado en fecha 18 de febrero de 2022, por el JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, CON SEDE EN CARORA, en el juicio por DESALOJO LOCAL COMERCIAL interpuesto por la ciudadana MARÍA ODETE MARTINS TAVARES contra la empresa INVERSIONES EL CHILITO, C.A. que negó la admisión de la prueba de traslado de expediente, peticionada por el citado abogado.
Se condena en costas a la parte demandada recurrente de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Queda así CONFIRMADO.....