declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio de los cónyuges ROMUALDO GIORGIO BRUGNOLI DANESIN y CARMEN DELIA RIVERA OVIEDO y consiguientemente declara DISUELTO el vínculo matrimonial que ambos contrajeron por ante la Prefectura Civil del Distrito Trujillo, Estado Trujillo, en fecha: 07 de Diciembre de 1.978, según Acta Nº 09.