En virtud de los razonamientos antes señalados, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 9 de abril de 2012, por el abogado Serviliano Abache Blanco, ya identificado, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil "INTERNACIONAL DE CONSTRUCCIONES Y ENERGÍA (ICECA), C.A.", contra el oficio No SMAT 0072 de fecha 16/02/2012 emanado del Superintendente Municipal Tributario de la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital.
COSTAS: Se condena en costas a la contribuyente "INTERNACIONAL DE CONSTRUCCIONES Y ENERGÍA (ICECA), C.A.", por el cinco por cientos (5%) de la cuantía de la presente causa.