DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto en 14 de julio de 2014, interpuesto por el abogado Roberto Hung Cavalieri, identificado anteriormente en auto, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ante el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sólo en lo que respecta a la solicitud de medidas solicitadas por la parte actora.
SEGUNDO: Se confirma el auto dictado en fecha 08 de julio de 2014, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Dada la naturaleza del fal.....