Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, se declara INCOMPETENTE en razón de la materia para conocer de la presente causa. En consecuencia se PLANTEA EL CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA y ordena la remisión del expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.