III-
Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara consumado el desistimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que, por Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio, iniciaron los abogados GERARDO CASO SANTELI y ADRIANA ANZOLA DE CASO, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil BANCO FEDERAL, C.A. contra la Sociedad Mercantil J & G INGENIERIA & SERVICIOS, C.A, ambas partes suficientemente identificadas en el texto de este fallo.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los cinco (05) días del mes de noviembre del dos mil nueve (2009). Años .....