DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, con fundamento en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las normas contenidas en el Código Civil, Código de Procedimiento Civil y las sentencias invocadas dictadas por el Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por cumplimiento de contrato intentada por los ciudadanos URBANO ANTONIO RIVERO AREVALO y RUBEN DARIO RIVERO AZOCAR, en contra de las sociedades mercantiles INVERSIONES BRICKET, C.A., y LEGADOS INMOBILIARIOS C.A, plenamente identificados.
SEGUNDO: CON LUGAR la reconvención por resolución de contrato intentada por las sociedades mercantiles INVERSIONES BRICKET, C.A., y LEGADOS INMOBILIARIOS C.A, en contra de los ciudadanos los.....