DISPOSITIVO
Como consecuencia de todos los razonamientos precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control número 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, con base en los artículos 115 y 116 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 311 del Código Orgánico Penal, ORDENA la devolución del vehículo descrito supra, a la señora María Consuelo Pacheco de Moreno, su propietaria, sin ninguna restricción.
Dada en su forma verbal en la Sala de Audiencias del Tribunal de Control número 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en Trujillo, Estado Trujillo, a los veintiocho (28) días del mes de noviembre de 2007, y redactada, firmada, sellada, publicada, leída y agregada a los autos en su versión escrita, en la misma Sala,
el cinco (5) de diciembre de 2007, años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
Notifíquese a las partes de la publica.....