D E C I S I O N
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se ha dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA QUE EL TRIBUNAL COMPETENTE para conocer y decidir la presente causa LO ES UNO CUALQUIERA DE LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA CON COMPETENCIA EN LO CIVIL, DE ESTA MISMA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL.
Remítase copia certificada de la presente sentencia, con oficio, a la Sala de Juicio N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, a los fines previstos por el artículo 75 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese la presente sentencia.
Archívese este expediente.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.....