Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por EXTINCIÓN DE HIPOTECA, incoaran los ciudadanos ISABEL ANTONIA GARCÍA PATIÑO y FLAVIO ESLAVA MORALES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.406.739 y V-2.108.309, respectivamente, contra el ciudadano CARLOS DAMASCO DE SIMONE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-5.145.294. En consecuencia se declara: 1) EXTINGUIDA LA HIPOTECA DE PRIMER GRADO E HIPOTECA DE SEGUNDO GRADO, que pesan sobre el apartamento distinguido con el Nº 13, situado en el piso 1 del Edificio RESIDENCIAS TIZZIANA, Unidad Vecinal Nº 2, Sector "A", marcado con el Nº 24.009 en el plano general de la citada Urbanización, ubic.....