Por todos los razonamientos expuestos, el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano RAFAEL SIMON MUJICA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.072.677, en contra de CONSORCIO YACAMBU 2008 por cobro de prestaciones sociales.