Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se DECLARO SIN LUGAR el recurso de apelación formulado en fecha 12 de julio de 2011, por el abogado Julio Ramírez, actuando como apoderado judicial del ciudadano Juver Arnold Mendoza, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, de fecha 07 de julio de 2011. Se declaró INADMISIBLE la querella interdictal de restitución por despojo, incoada por el ciudadano Juver Arnold Mendoza, contra los ciudadanos Viviana Andreina Colmenares Marín, Duro Félix Gregorio Rodríguez, Fanny Josefina Rodríguez Almao, José Antonio Angulo Linarez, Egrimar Martínez Uranga, Iraima Teresa Sánchez, Naikery Quiroz Peroza, Betzybeth Cecilia Iriarte Valera, Senaida Del Carmen Cordova, y otros. Quedó asi ANULADA la sentencia apelada.