Después de algunas deliberaciones de hecho y de derecho y revisado como fue el cúmulo probatorio aportado, las partes con la intermediación de la Jueza llegan a un acuerdo de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en los siguientes términos:
PRIMERA: La parte accionada expone: reconocemos la relación laboral y la procedencia de los conceptos demandados sin embargo diferimos de la cuantificación por lo que una vez recalculados se ofrece pagar todos y cada uno la suma de Bs. 16.574,14, discriminados de la siguiente manera:
• Prestación de Antigüedad Bs. 6.113,41
• Utilidades Bs.293,31
• Vacaciones Bs. 731,16
• Bono Vacacional Bs. 387,17
• Beneficio de alimentación Bs. 1.558,12
• Salarios caídos Bs. 7.490,97
Total= 16.574,14
Monto que se compromete a pagar en siete cuotas la primera mañana 7 de Febrero de 2013 por Bs. 3.500,00 y 6 cuotas consecutivas mensuales de Bs. 2.179,16 cada una, pagade.....