DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente, expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el Abogado Gabriel Eduardo Matute Loreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 33.097, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN DOLORES MORALES MARTINEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. V-3.483.087, contra el auto dictado el 29 de noviembre de 2022, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, denegatorio del recurso de apelación ejercido, el cual queda REVOCADO en todas y cada una de sus partes.