ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Abg. OSCAR COLMENARES, Defensor Público Penal N° 11 , actuando con el carácter de Defensor del ciudadano JONATHAN ALBERTO MORALES MATOS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de 16.276.848, nacido 15-03-1.984, de 22 años de edad, natural de Trujillo Estado Trujillo, hijo de Maria Dilia Rosa Colmenares y Rafael Ramón Morales, con 4to año de instrucción, de ocupación obrero, residenciado en la Avenida Bolívar frente a la escuela Carabobo, casa S/N°, Trujillo Estado Trujillo, quien apela de la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 03 de este Circuito Judicial del Estado Trujillo, de fecha 19 de enero de 2007, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de libertad al referido ciudadano.