III
DECISION
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara procedente la solicitud formulada por el Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, y en consecuencia, declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO del presente recurso contencioso tributario interpuesto por la apoderada judicial del FONACIT contra los Estados de Cuenta S/N de fecha 04 de noviembre de 2021, dictado conforme al oficio N° PRE/012-067-2021, de fechas 26 de octubre de 2021, emanado del Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (FONACIT), mediante las cuales se impuso sanción de multa por concepto de intereses moratorios prevista en el artículo 66 del Código Orgánico Tributario, conjuntamente con lo establecido en el artículo 26 del Decreto con Rango Valor y fuerza de Ley Orgánica de ciencia, Tecnología e Innovación.