DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que me confiere la Ley, con fundamento en los artículos 42, 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a LUÍS WILFREDO VILLALONGA ISEA y PEDRO JAVIER QUINTERO HERNÁNDEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 18.949.129 y 20.188.800, respectivamente, se fija como régimen de prueba el lapso de TRES (03) MESES y QUINCE (15) DIAS, se le imponen las siguientes condiciones: 1.- Residir o mantener su residencia en la Jurisdicción de este Tribunal, y en caso de cualquier cambio de dirección necesario deberá participarlo a este Tribunal. 2.- Mantener un Trabajo Fijo. 3.- Presentarse ante la Unidad de Apoyo al Sistema Penitenciario, anexando copia certificada de la presente resolución. Se dejó sin efecto las presentaciones ante .....