D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones presentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por los abogados Ismary Bravo Freitez y Jesús Durán Alfaro, con el carácter que tienen acreditado en autos contra la sentencia dictada, en fecha 14 de marzo de 2006, por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en la SOLICITUD de Separación de Cuerpos introducida por los ciudadanos ARMANDO ROBERTO MARTINEZ ALVAREZ y ZAIDA ROSA GUADARRAMA GRANADILLO. En consecuencia se repone la causa al estado que a partir de la llegada del expediente al tribunal de la causa, producto de esta decisión, se deje transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho para que se ejerza el derecho de la defensa.
Queda así ANULADA la sentencia apelada.
De conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.....