DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos expuestos, de conformidad con lo previsto en el Artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, previa revisión de la medida, este Tribunal de Juicio Nº 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda MANTENER LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano ALEXANDER OLLARVES GARCÍA, C.I Nº (...), por los delitos de SECUESTRO BREVE AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 6 de la ley especial que rige la materia, en relación con el Artículo 3 y numerales 2 y 16 del Artículo 10 ejusdem, OCULTACIÓN DE FUEGO, previsto en el Artículo 277 del Código Penal, ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO, previsto y sancionado en el Artículo 5 y 6 de la Ley especial que rige la materia de vehículo, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto en el Artículo 6 de la Ley contra Delincuencia Organizada, y LESIONES PERSONALES LEVES, previstas y sancionadas en el Artículo 416 del Código .....