Escuchados a los acusados solicitar el acuerdo reparatorio de conformidad con el articulo 40 del Código Orgánico Procesal, y escuchar de forma libre y voluntaria por parte de la victima ciudadana Maria Ocanto estar conforme, así como al fiscal II no tener objeción alguna, este tribunal evidenciando que el hecho punible sobre bienes jurídicos patrimoniales y al verificar que quienes concurrieron a este acuerdo prestaron su consentimiento en forma libre y con pleno conocimiento de sus derechos lo ajustado a derecho es admitir el acuerdo reparatorio planteado por los imputados OSCAR JOSE BRICEÑO GONZALEZ, quien se identificó como queda escrito, titular de la cédula de identidad N° 14.800.378, soltero, nacido el 11-04-1979, natural de Valera Estado Trujillo, de 28 años de edad, con 6to. grado de instrucción, de ocupación ayudante de mecánica, en la avenida 4, calle 8, taller "Don Andrés", Valera Estado Trujillo, cuyo propietario es Moisés López, actualmente no posee trabajo, residenci.....