Este Tribunal, aplicando la sentencia supra transcrita y el artículo invocado, debe impretermitiblemente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley declarar INADMISIBLE la demanda que por estimación e intimación de Honorarios Profesionales intentara la Abogada Milagros Hernández, contra el ciudadano JOSE AIDELFONSO MACHADO RIVAS, plenamente identificados al inicio de este fallo. Por cuanto al presente decisión se dicta fuera del lapso establecido en la ley se ordena la notificación de las partes. Regístrese y Publíquese. De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada del presente fallo, en el copiador de sentencias llevado por el Tribunal