Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de control N° 7, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Acuerda hacer entrega al ciudadano EUDORO JOSE MATOS UMBRIA, titular de la cédula de identidad Nº 3.460.400, residenciado en Sabana de Mendoza, calle Ricaurte N° 10 Estado Trujillo, del vehículo Marca: FORD; SERIAL DE CARROCERIA AJF10V15231, PLACAS 0995TAL, CLASE CAMIONETA, AÑO 1979, CAPACIDAD DE CARGA 750 KLS, SERIAL DE MOTRO L6 COLOR DORADO, con la prohibición de enajenarlo, de conformidad con lo establecido el artículo 311 del Código Orgánico.
La Juez,
El Secretario
Elsa Trinidad Román Bravo
Alfredo Urrecheaga