DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLINA el conocimiento de la presente acción de amparo constitucional interpuesta por MIRNA DEL SOL ROJAS GUERRA, obrando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano JUAN ALBERTO LUGO CASTILLO, contra la sociedad mercantil DROGUERÍA NENA, C.A., todos plenamente identificados en la parte motiva del presente fallo, en el Tribunal Laboral de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Miranda con sede en Guarenas, a los fines de que éste último continúe conociendo del mismo, conforme a las competencias y atribuciones que le son propias. Remítase el expediente.