En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: IMPROCEDENTE el DESISTIMIENTO, formulado en fecha 31 de julio de 2013, por el abogado Serviliano Abache, ya identificado, por haber caducado el poder que acredita su carácter de apoderado judicial de la contribuyente "BFC BANCO FONDO COMÚN, C.A. BANCO UNIVERSAL" y no haberse consignado al expediente un nuevo documento poder que le confiera facultad expresa para desistir del recurso.