Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos PAULA ROSA ZERPA DE VIERMA, ANGELA REMIGIA ZERPA DE ARIAS, RITO PASTOR ZERPA CANELON, VICTOR MANUEL ZERPA CANELON y JOSE LUIS ZERPA CANELON contra la ciudadana HILDA RIVERO, todos identificados en autos, por DESALOJO DE INMUEBLE constituido por inmueble constituido por una casa ubicada en la calle 27 entre 17 y 18 N° 17-78, de esta ciudad, totalmente desocupada de bienes y personas; al efecto, de conformidad con lo establecido en el párrafo primero del artículo 34 del decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliario, se le concede a la parte demandada un plazo improrrogable de seis (6) meses para la entrega material del inmueble antes identificado, contados a partir de la notificación que se haga de la sentencia definitivamente firme .-----------------------------------
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