Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Suprior del Circuito Judicial de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el Recurso De Hecho, ejercido por el abogado LENIN JOSE COLMENAREZ LEAL, I.P.S.A. Nº 90.464, actuando en representación de la ciudadana YAMILET PUERTA GUTIERREZ. En consecuencia, se declara terminado el presente procedimiento.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior del Circuito Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los diecinueve (19) días del mes de septiembre del año 2011. Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
EL JUEZ SUPERIOR
Abg. ALBERTO HERRERA CORONEL
LA SECRETARIA