Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial señaladas ut supra, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: INADMISIBLE la presente demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO interpuesta por JOSÉ GREGORIO LAMUS RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.740.359, actuando en su carácter de mandatario en representación de los ciudadanos ESTHER CRISTINA LAMUS DE MARMOL, FELIX ELADIO LAMUS RODRIGUEZ, AUXILIADORA MACARENA LAMUS RODRÍGUEZ, NERIO NELSON LAMUS RODRÍGUEZ, VÍCTOR MANUEL LAMUS MENDOZA Y NERIO LUIS CAMACHO LAMUS, casada, soltero, soltera, divorciado, soltero y soltero, todos venezolanos, V-4.191.606, V-7.740.358, V-7.859.745, V-3.948.659, V-23.545.981 y V-20.415.878, respectivamente contra ciudadanos CARMEN MARLENE ARRIECHE y JORGE FRANKLIN VERDE ÁLV.....