E
DECISIÓN
En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por las ciudadanas MARÍA MILAGRO JIMÉNEZ PÉREZ y YOSELIN CAROLINA MARAMARA ALBARRAN, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-18.135.637 y V-23.491.904, contra la entidad de trabajo ROSTRO PERFECTO Y ALGO MÁS, C.A. y solidariamente a las personas naturales, ciudadanas MARIANGELA PASTRAN MENDOZA y MARY ISABEL PASTRAN MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.640.786 y V-14.749.711, respectivamente.
SEGUNDO: Se condena a la demandada entidad ROSTRO PERFECTO Y ALGO MÁS, C.A., y a las demandadas solidarias ciudadanas MARIANGELA PASTRAN MENDOZA y MARY ISAB.....