Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la acción intentada por la ciudadana OLGA DUITAMA CHONA. En consecuencia, se declara la existencia de una unión estable de hecho entre la ciudadana accionante y el de cujus PEDRO ANTONIO CONTRERAS (), ambos identificados en la primera parte de la presente decisión, la cual se inició en fecha 13 de febrero de 1995 hasta el día 26 de junio de 2013 fecha en que se produjo el fallecimiento del último de los nombrados.