Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Control No 01 de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Acuerda: REVOCAR la Medida Cautelar de Presentación por ante la Prefectura Juan Ignacio Montilla, a partir de la presente fecha; en razón del Último Aparte del Artículo 559 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente que le fuese Impuesta al Adolescente , Titular de la Cédula de Identidad , Venezolano, de Años Edad, Nacido en Fecha , de Estado Civil Soltero, Residenciado , estado Trujillo, Asistido por la Defensora Pública No 03 Abg Odalis Flores, en fecha 18 de Mayo del 2007, por este Tribunal. Líbrese las correspondientes Notificaciones, provéase lo conducente. Es Todo.-
La Juez de Control
ABG. BEATRIZ BRICEÑO DABOIN
La .....