Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: CONFORME A DERECHO la sentencia sometida a consulta, proferida por el Juzgado Noveno (9°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, dictada en fecha 08/05/2014; todo con motivo de la demanda contenciosa administrativa de nulidad interpuesta por la Republica Bolivariana de Venezuela por Órgano del Ministerio del Poder Popular para la Educación, contra la providencia administrativa N° 134-13, de fecha 15 de mayo de 2013, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital-Municipio Libertador en el Norte, órgano adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, en consecuencia se confirma la decisión recurrida.