Conforme con los argumentos precedentes, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 59 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA LA FALTA DE JURISDICCION DEL PODER JUDICIAL FRENTE A LA ADMINISTRACION PUBLICA para conocer y decidir la presente demanda incoada por el "SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA EMRPESA CALOX INTERNACIONAL, C.A. (SINTRABOLCALOX) contra la empresa CALOX INTERNATIONAL, C.A., por cumplimiento de "Cláusulas Sindicales contenidas en el Capítulo VIII del Contrato Colectivo de Trabajo en Escala Nacional que rige para la Industria Químico Farmacéutico (2008-2010)". Asimismo de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del artículo 59 del Código de Procedimiento Ci.....