En consecuencia, por los señalamientos antes mencionados, este Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara improcedente la impugnación realizada por la representación del Fondo Internacional de Indemnización de Daños Causados por la Contaminación de Hidrocarburos, 1971 (Fidac).