DECISION
Por todo lo antes expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decreta el Cese de la medida de PRIVACION DE LIBERTAD conforme al articulo 628 ejusdem, a favor del Joven Adulto: RESERVADO , ya identificado y consta que el día de hoy 07-02-2013 se estableció comunicación vía telefónica a las 10.38 a.m. al numero 0426-6521640, que corresponde a la ciudadana Ana Mendoza, Titular de la Cedula de Identidad nº 11.426.718, en su condición de suegra del sancionado, quien informo que dicho ciudadano fue trasladado al Internado Judicial de Yaracuy, por lo que consecuentemente se ordena su Libertad Plena. Líbrese la Boleta de Excarcelación con fecha TRECE (13) DE FEBRERO DE 2013 a las 12.30-p.m. y Oficio al Internado Judicial de Yaracuy. y una vez firme la decisión, remítase e.....