DECISIÓN
Por las motivaciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO, ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara con lugar la Rectificación del Acta de Matrimonio Nº 79, Año 1996, de la ciudadana RIVERO DE CASTILLO ROSAURA MARGARITA, venezolana, mayor de edad, casada, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-5.691.019.
SEGUNDO: Se ORDENA la Rectificación del Acta de Matrimonio Nº 79, Año 1996, RIVERO DE CASTILLO ROSAURA MARGARITA, venezolana, mayor de edad, casada, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-5.691.019. En consecuencia, en lo que respecta al error material cometido en cuanto a su apellido, donde dice: "RIVERO RIVERO", debe decir: "RIVERO" tal y como aparece registrado en acta de nacimiento Nº 591 expedida p.....