Ésta alzada, con el fin de proveer lo solicitado, indica al diligenciante que la declaratoria con lugar del recurso de apelación ejercido por ellos, se basa en la revocatoria o dejar sin efecto la sentencia apelada dictada en fecha 10 de julio de 2024 por el juzgado a-quo, la cual declaró Inadmisible la Reconvención de la demandada interpuesta, es decir, que las actuaciones realizadas posterior a la sentencia apelada serán nulas, entendiéndose que en ella abarca los escritos de promoción de pruebas, evacuación de pruebas y demás, a ello todo lo relativo a las actuaciones surgidas en el juicio principal identificado con el Nº KP02-V-2023-002328, antes de la dicha inadmisibilidad se encuentran incólumes, debiéndose así tal como se ordenó en el dispositivo de la sentencia específicamente en el ítem TERCERO admitir la reconvención propuesta y continuar el juicio correspondiente.
Por lo precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y de Transito de la Circ.....