este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano: CARMEN HAYDEE FUENTES DE GUZMAN, C.I Nº V-5.784.334, representado por la Abg. SANDRA COROMOTO PEÑA VILORIA y YOMAGDA QUINTERO, inscritas en el I.P.S.A bajo los Nº 58.686 y 120.881, contra l (SUNACOOP). SEGUNDO: Se condena a SUNACOOP a cancelar a la actora, la cantidad de (Bs. 5.450.898,93), que comprende los siguientes conceptos:Prestación por AntigüedadBs. 2.408.040,70, Intereses sobre Prestación Antigüedad.Bs. 228.763,86,Vacaciones fraccionadas, Bs. 401.340,07, Bono Vacacional fraccionado Bs. 187.292,03, Utilidades Bs. 401.340,07, Diferencia de Salarios Bs. 1.824.122,20
TERCERO: Se condena igualmente a la demandada: SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE COOERATIVAS (SUNACOOP) al pago de los intereses moratori.....