Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta la siguiente sentencia:
Primero: Se declara HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento, formulado el 26 de marzo de 2015 por la abogada Miceles Ríos Noriega, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Raúl Aquiles Lugo, en la solicitud solicitud de exequátur interpuesta mediante la cual peticiona el pase de la sentencia de divorcio emitida por el Tribunal del Condado de Brooklyn, Nueva Cork, el 17 de noviembre de 1.989.
Segundo: Dicha petición podrá ser propuesta ex novo transcurridos noventa (90) días.
Regístrese, Publíquese la presente decisión.
Dada, y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Cir.....