DECLARA CON LUGAR, el Recurso de Apelación con motivo de Efecto Suspensivo interpuesto por la Fiscalia Sexta del Ministerio Público del Estado Lara, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 03 de éste Circuito Judicial Penal, en audiencia oral de calificación de flagrancia, celebrada en fecha 03 de Junio de 2010 y fundamentada en esa misma fecha, mediante la cual decreta las medidas sustitutivas a la privación de libertad de las contenidas en los artículos 258 y 256, numerales 3 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal Advirtiéndole al imputado que el incumplimiento de la medida acarreará su revocatoria, en contra del Imputado Jesús Alvarado Carrasco. Y ASI SE DECIDE.