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Decisiones del dia 07/06/2011

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-V-2011-000924 N° Sentencia : 2946 Fecha: 07/06/2011
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
INSTITUTO MÉDICO QUIRÚRGICO ACOSTA ORTIZ C.A,/LEOPOLDO ANTONIO MARZULLO GONZÁLEZ
Resumen:
Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1. SIN LUGAR la cuestión previa con fundamento en el ordinal 8 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil. 2. SE CONDENA EN COSTAS a la parte perdidosa en esta incidencia, por haber sido totalmente vencida. 3. SIN LUGAR la acción por motivo de DESALOJO interpuesta por INSTITUTO MEDICO QUIRURGICO ACOSTA ORTIZ C.A, inicialmente inscrita con la denominación clínica Acota Ortiz, S.R.L, en el Juzgado de Concepción el Estado Lara, el 04 de agosto de 1942, bajo el No 202 folios 317 al 322, del libro de autenticaciones No 2, modificado a Compañía Anónima y su denominación social, por ante el Registro de Comercio llevado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, el 19 de septiembre de 1946, bajo el No 88 folios 17 al 120 del libro de Registro de Comercio No 4, con sucesivas modificaciones llevada.....
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
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N° Expediente : KP02-S-2010-7908 N° Sentencia : 3066 Fecha: 07/06/2011
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
ELIGIO ANTONIO GUEDEZ YEPEZ
Resumen:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos MARIA GUEDEZ Y CARMEN GOMEZ, mayores de edad, titulares de las cédulas Nos. V- 7.451.935 Y 10.761.333, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor del (la) ciudadano(a) ELIGIO ANTONIO GUEDEZ YEPEZ, antes identificado (a), sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno.....
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
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