DE LA HOMOLOGACIÓN
El día seis (06) de junio de 2012, oportunidad para celebrarse la audiencia de juicio, esta juzgadora exhortó a la partes a una conciliación tomando en consideración la naturaleza del asunto y el valor que le da el legislador, siendo un principio rector para quien juzga conforme con la norma del articulo 450 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cuando ordena que el juez debe promover a lo largo del proceso, la posibilidad de utilizar los medios alternativos de solución de conflictos, tales como la mediación y así también, contemplamos este principio en una norma adjetiva civil, contenida en el articulo 257 del Código de Procedimiento Civil, que establece que en cualquier estado y grado de la causa antes de la sentencia, el juez podrá excitar a las partes a la conciliación. En este sentido las partes llegaron a un acuerdo en los siguientes términos: "Los demandados ciudadanos Eddy Abel Chirinos Silva, Neyda Rafaela Chirinos Silva, E.....