DISPOSITIVA:
Considera el Tribunal que al tener el vehículo solicitado el serial de carrocería falso, los seriales del motor y seguridad devastados, siendo falso el certificado de circulación y no estar registrado dicho vehículo por ante el SETRA es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA la entrega material del vehículo Clase Automóvil, Tipo Sedan, Marca Daewoo, Modelo Racer Eti, Color Gris, serial de Carrocería KLATA19T1VC438246, placas LAI39A, Motor 4 CIL, uso privado, al ciudadano ROY JOSE MONTES DE OCA GOMEZ, portador de la Cédula de Identidad Nº 17.344.453. Notifíquese a las partes y Diaricese a los fines legales pertinente.-