Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se condena a la sociedad mercantil intimada ZAPATERÍA LAS 3X DE LARA Y/O ZAPATERÍA RAMBO C.A. a pagar a las intimantes SONIA NARVÁEZ y ELIDE GARCÍA SOTO la cantidad de Bs. 529.000 ó Bs. F. 529,00, en razón de Bs. 264.500 ó Bs. F. 264,50 para cada una por concepto de honorarios profesionales.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de esta decisión.-