En consecuencia este Tribunal acuerda Medida de Protección a favor de los ciudadanos Franco Colmenárez Carmen Teresa, cédula de identidad Nº 5.931.205, Franco Gómez Miguel Enrique, cédula de identidad Nº 16.770.016, quienes residen en Calle Mérida entre Calles Valera y San Carlos, Casa Nº: 03-09, Sector La Toñona, detrás del Seniat, cerca de Enelbar, Carora Estado Lara y Franco Colmenárez Luís Rafael, cédula de identidad Nº 5.765.377, residenciado en Calle Sol de Oriente, Residencias Villas Don Agustín, Casa Nº 27, Sector San Agustín, detrás del Hotel El Amparo, vía Lara Zulia, cerca de la Estación de Servicio Mara, Carora Estado Lara, y a su familia, de conformidad con los artículos 21.1 y 30 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos, y demás Sujetos Procesales, artículo 30 último aparte de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 23 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en recorridos policiales por sus residencias ubicadas en .....