DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de DESALOJO que ha incoado el Abogado JORGE ANTONIO COLOMBET RINCONES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 1.867.340, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 24.481, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano PASTOR PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 406.148, contra la ciudadana YURIMAR CAROLINA PEREZ ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.189.643, ambos de este domicilio.
No hay condenatoria en costas.
En virtud de que la presente decisión fue dictada fuera de lapso se acuerda librar boleta de notificación a las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicia.....