III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA NULIDAD DEL FALLO APELADO, proferido por el Tribunal de la causa el 19 de Junio de 2007. SE REPONE este juicio al estado de que SE ADMITA LA PRUEBA DE INFORMES promovida por la demandante, debiendo el Tribunal de la causa, con base en la determinación y apreciación de las resultas de tal prueba y de las demás que constan en los autos aportadas por las parte, PROFERIR NUEVA SENTENCIA, en tanto en cuanto el fallo apelado queda ANULADO por efecto de la presente decisión.
Dada la naturaleza de este fallo, no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese y regístrese la presente sentencia.
Remítase al Tribunal de la causa este expediente, en su op.....