Por todas las consideraciones expuestas, este Tribunal Superior Tercero Agrario, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE, para conocer del presente recurso de apelación ejercido SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la Abogada KATIANGEL PRINCE TORRES, Inpreabogado Nº 127.480, quien es apoderada judicial de la parte apelante y liquidador de la Empresa Beneficiadora de Aves Barquisimeto, C.A., el ciudadano José Ramiro Rodríguez Henriquez, C.I. Nº 7.148.825, en contra de la decisión dictada el día 04 de junio del año 2015, por el Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción judicial del Estado Lara. TERCERO: SE CONFIRMA en todas sus partes la sentencia objeto del recurso de apelación que hoy nos ocupa, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción judicial del Estado Lara en fecha 04 de junio del presente mes y año.
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