DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Apelación que los ciudadanos Abogados CARLOS ARTURO DURAN FALCÓN y LUIS EGISTO TRIVIÑO BRICEÑO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 68.017 y 68.499, pretendieran ejercer actuando en representación de la ciudadana JHOANNA MARIA VILELA CADENAS, titular de la cédula de identidad número V-14.678.519, ejercido para impugnar la decisión emanada del Juzgado Tercero (03°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 13/04/2009, en la cual se DECLARA INADMISIBLE LA QUERELLA PENAL, incoada por la parte recurrente, en contra del ciudadano LUIS AUGUSTO CADENAS VARGAS, titular de la Cédula de Identidad N° V.-6.334.552, por la presunta comisión de los delitos de ESTAFA Y OTROS FRAUDES, previstos y sancionados en los artículos 463 y 464 ambos del Código Penal, por no estar llenos los requisitos exigidos en el numeral 2 del artículo 294 eiusdem; acatando lo que se establece en el Artículo 437.....