en consecuencia, conforme a lo establecido en el Artículo 97 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, y Artículo 34 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se acuerda remitir las presentes actuaciones al Tribunal competente, Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental, con Sede en Barquisimeto, Estado Lara, en virtud, a que este Tribunal es incompetente para conocer del mismo, en tal sentido, se declina la competencia a dicho Juzgado. Anótese su entrada y salida, y líbrese oficio.
EL JUEZ,
ABG. ASDRÚBAL JOSÉ PACHECO DELGADO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
ABG. YADIRA CALLES ARAUJO