PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por los Abogados Ramón Pérez Linarez, Milton R. Tua Mendoza y Cristóbal Rondon, actuando en su carácter de defensores Privados de los ciudadanos Wilmer Perdomo, Luís Pastor Camacaro Rodríguez y Julio Cesar Peroza Gil, contra la decisión dictada en fecha 01 de Julio de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 05, de éste Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante el cual CONDENA a los ciudadanos LUIS PASTOR CAMACARO RODRÍGUEZ, cédula de identidad N° V-12.018.877, JULIO CESAR PEROZA GIL, cédula de identidad N° V-14.592.910 y WILMER ALFREDO PERDOMO ANDRADE, cédula de identidad N° V-13.855.715; a cumplir la pena de DIECINUEVE (19) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, mas las accesorias de Ley, por haberle encontrado culpable y penalmente responsable de la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVO INNOBLE y de USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 406.1 y 281.....